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Fuerza Laboral y Salarios

El Decreto Ejecutivo 7, de marzo de 2006, regula el Nivel de Salarios Mínimos por Hora para los Trabajadores en la República de Panamá determinado por la actividad económica y la región en la que se realiza el trabajo.
 
Actividad Económica
Salario Mínimo por Región
Region 1
Region 2
Region 3
Agricultura, Caza, Silvicultura
   Pequeñas Empresas
0.89
0.89
0.89
   Grandes Empresas
0.94
0.94
0.94
Pesca
1.17
1.17
1.17
Minería y Canteras
1.37
1.16
1.16
Fabricación
   Pequeñas Empresas
1.27
1.06
0.93
   Grandes Empresas
1.36
1.13
1.03
Electricidad, Gas y Agua
1.38
1.17
1.05
Construcción
1.68
1.48
1.33
Ventas Minoristas y Hoteles
   Pequeñas Empresas
1.29
1.07
0.93
   Grandes Empresas
1.37
1.11
1.00
Transporte, almacenamiento y comunicaciones
1.37
1.16
1.00
Finanzas, Seguros y Bienes Raíces
1.38
1.35
1.34
Servicios comunales, socials, y personales
1.35
1.13
0.99
 
Para la aplicación del Nivel de Salario Mínimo, la República de Panamá ha sido dividida en tres regiones:
Región 1: Incluye los Distritos de Panamá, Colón y  San Miguelito
Región 2: Incluye los Distritos de David, Chitré, La Chorrera, Aguadulce, Santiago, Barú, Changuinola,
Las Tablas, Penonomé, Bugaba, Arraijan, Capira, Chepo y Taboga
Región 3: Los distritos no incluidos en la lista mencionada aquí anteriormente.
*Para empresas con diez (10) empleados o menos
 
La lista incluida en el presente se aplica a las empresas y a los empleados que no forman parte del Convenio de Negociación Colectiva de CAPAC–SUNTRACS.
CAPAC es la Cámara de la Construcción de Panamá y SUNTRACS es el Sindicato Único de Trabajadores de la Construcción.
Sólo cuando las empresas se integran a la CAPAC y los trabajadores organizan un sindicato dentro de lal empresa y también se integran al SUNTRAC, entonces se podrán aplicar las tasas de salario mínimo enumeradas en el Convenio de Negociación Colectiva CAPAC-SUNTRACT.
Favor notar que los puntos a ser cubiertos por el empleador son:
 
Prestaciones Laborales
Porcentaje del salario bruto
Salario:
--
Seguridad Social:
10.75%
Impuesto para la educación:
1.50%
Compensación a los trabajadores:
*
Bonificación por antigüedad:
1.923%
Indemnización:
6.54%
Vacaciones:
9.09%
Bonificación del décimotercer mes:
8.33%
*El empleador debe cubrir la compensación de los trabajadores, que depende de las tareas realizadas por el trabajador. La Seguridad Social panameña asigna el porcentaje que se debe pagar.  

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